GESTIÓN TRIBUTARIA e IMPOSITIVA
En este apartado puedes consultar la información sobre la gestión de los tributos locales.
Disponibles los periodos de pago en voluntaria a través del Calendario Contribuyente 2025 (Versión BOCM).
Histórico: Calendario Contribuyente 2024, Calendario Contribuyente 2023, Calendario Contribuyente 2022, Calendario Contribuyente 2021 y Calendario del Contribuyente 2020.
Calcula de forma orientativa y estimada tu aportación a los tributos locales y cómo se distribuye el dinero a través de la Calculadora Ciudadana contestando a unas breves preguntas (Fundación CIVIO).
Consulta las Ordenanzas Fiscales y Tributarias vigentes y ficha informativa. También puedes acceder a las no vigentes o deregodas, si fuera de tu interés.
¿Cómo pagar los tributos?
El pago de deudas tributarias u otros ingresos de derecho público se realiza a través de:
1) Cajero Ciudadano, ubicado en el propio Ayuntamiento (Plaza la Constitución núm.1), previa lectura del código de barras que figura en el recibo. Pago con tarjeta. ¡Próximamente en funcionamiento!
2) Entidades bancarias autorizadas y sus cajeros, presentando el documento de cobro. Preferiblemente con tarjeta o a través de la cuenta bancaria.
3) Domiciliación Bancaria para tributos municipales periódicos. Obligatoria para sistemas de pago con beneficios y bonificaciones fiscales.
CAMPAÑAS INFORMATIVAS:
Puedes consultar también la base de datos del Ministerio de Hacienda sobre Imposición local: Consultar ahora.
DEPARTAMENTO GESTOR: Servicios Tributarios Municipales en Pza. de la Constitución, 1 28320 Pinto (Madrid).
Solicita CITA PREVIA si necesitas información y/o atención presencial personalizada para Plusvalia (IIVTNU) e IBI Urbana, Tasa y Vehículos, recaudación en volunaria y ejecutiva o, con Registro, si deseas solicitar algún Sistema de Pagos o Bonificaciones fiscales.
Puedes consultar los procedimientos a través de la Sede Electrónica. Para su tramitación telemática, se requiere firma digital y la aplicación Autofirma instalada en el dispositivo desde el que se realicen. La utilización de este canal electrónico es obligatorio para personas jurídicas y voluntaria para personas físicas.