ePrivacy and GPDR Cookie Consent by Cookie Consent
El tiempo ahora El tiempo 10º Max 13º Min

COMPETENCIAS ENTIDADES LOCALES

Las competencias de las Entidades Locales pueden ser propias, delegadas y competencias que no son ni propias, ni delegadas y que sólo se pueden asumir previa autorización tras los Informes preceptivos de las administraciones competentes.

Las competencias propias se ejercen en régimen de autonomía y bajo la responsabilidad del Ayuntamiento (Art.25 de la Ley 7/1985) y, en concreto, son las siguientes:

a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.

b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.

d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.

e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.

g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.

h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.

j) Protección de la salubridad pública.

k) Cementerios y actividades funerarias.

l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.

m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.

n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.

ñ) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

o) Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres así como contra la violencia de género.

Encomiendas de gestión a la empresa municipal "Auxiliar de Servicios de Pinto, Sociedad Anónima Unipersonal" (ASERPINTO, SAU) BOCM 16-01-2018 hasta 31-12-2027:

- Servicio de mantenimiento, conservación, reparación y mejoras de las instalaciones eléctricas de los edificios municipales y del alumbrado público.
- Servicio de mantenimiento, conservación, reparación y mejoras de los edificios municipales.
- Mantenimiento de las víaspúblicas, parques urbanos y zonas verdes, así como la señalización vertical y horizontal.
- Limpieza de edificios públicos, ordenanzas y auxiliares asistenciales.
- Mantenimiento y explotación de las piscinas municipales.
- Servicio de eventos y traslados.
- Servicio de mantenimiento y conservación de las zonas ajardinadas del municipio no mantenidas por la empresa adjudicataria responsable, por no haberse recogido en el pliego por el que dicho servicio fue adjudicado hasta 31 de enero de 2024.
- Mantenimiento y explotación de la zona de auto caravanas.
- Servicio de mantenimiento, conserjería y limpieza de las zonas comunes y las viviendas del edificio de 32 viviendas del Ayuntamiento de Pinto, sito en paseo de Las Artes, número 30.
- Desde julio de 2022, el Servicio de Abono Deportivo Municipal pasa a gestión directa por Aserpinto (Certificado Pleno cambio de gestión).
- Desde 1 de febrero de 2025, el Servicio de mantenimiento y conservación de parques y zonas verdes en el término municipal de Pinto.

 

El Ayuntamiento de Pinto para prestar servicios que son de competencia de la Comunidad de Madrid y para los que a la fecha tiene convenio de colaboración (Ver Convenios), debe solicitar la adecuación económica de los citados convenios, en concreto, están vigentes los siguientes:

- Convenio con la Consejería de Asuntos Sociales para el desarrollo desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales.

- Convenio con la Consejería de Educación, Juventud y Deporte en materia de Educación Infantil.

- Convenio con la Consejería de Asuntos Sociales para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

- Punto de Encuentro Familiar: Ley 3/2019 Reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar de la Comunidad de Madrid.

- Convenio con el Estado para el funcionamiento en Pinto del Centro Asociado de la UNED.

Para el resto de servicios y actividades que presta el Ayuntamiento de Pinto, pero son competencia de la Comunidad de Madrid y no existe Convenio de delegación de competencias y financiación, se debe, si se entiende conveniente, seguir prestando dichos servicios y actividades, pedir la correspondiente delegación que debe ir acompañada de la correspondiente financiación. Este es el caso de los siguientes servicios que presta el Ayuntamiento:

• Actividades extraescolares y horario ampliado.
• Defensa del consumidor.
• Suministros, conserjería, limpieza y encomienda de gestión en los centros educativos.
• Voluntariado.
• Competencias en materia de salud: inspección y control sanitario de industrias alimentarias y bebidas.

Las competencias distintas de las propias o delegadas, solo pueden ejercerse por el Ayuntamiento cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, cumpliendo los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y siempre que no los preste otra Administración. Para su ejercicio se debe solicitar, previo acuerdo del Pleno Municipal, los correspondientes informes, tanto a la Administración competente por razón de la materia, como al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, siendo dichos informes preceptivos y vinculantes. En esta situación se encuentran las siguientes materias en las que el Ayuntamiento ejerce competencias, sin que la presente relación sea exhaustiva:

• Programas de dinamización para mayores.
• Actividades de consumo.
• Escuela de Danza.
• Escuela de Música.
• Ludotecas.
• Actividades de promoción de la igualdad que estén fuera del Convenio.
• Actividades de Juventud.
• Actividades en materia de fomento del empleo (proyectos de fomento del empleo subvencionados por la Comunidad de Madrid).
• Servicios que se prestan por PIMER.