A continuación les presentamos algunos temas de interés relacionados con la inspección sanitaria
Recomendaciones de Actuación en Casos de Mordeduras o Agresiones de Animales
En caso de ser el agredido:
Debe dirigirse al Centro de Salud donde le realizarán tratamiento preventivo correspondiente: tratamiento local de la herida (lavado inmediato con agua y jabón durante un periodo aproximado de 5 minutos y aplicación de desinfectante. No debe suturarse la herida salvo que sea inevitable por razones estéticas o de conservación de tejidos); tratamiento antibiótico, se valorará su aplicación con el fin de prevenir infecciones secundarias a la mordedura; profilaxis antitetánica, se aplicará en los casos en los que la persona agredida no este correctamente vacunada; de acuerdo a la valoración del riesgo realizada se podrá realizar profilaxis antirrábica.
Podrá presentar denuncia en la Policía Local quien lo comunicará al Servicio de Salud Pública del Área X, donde se realizará la observación veterinaria del animal.
En caso de que el agredido sea un animal, es recomendable que éste sea examinado por su veterinario, quien informará de la agresión al Servicio de Salud Publica del Área X, para que el animal agresor sea sometido a la observación antirrábica correspondiente.
Procedimiento de actuación en caso de sufrir agresiones o mordeduras de animales:
Pasos a seguir por el agredido: | Que: | Donde: |
Atención Médica | Tratamiento local herida | Centro de Salud de Pinto
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Denuncia Policía local | Notificar agresión para iniciar observación antirrábica | Policía Local |
En el caso de ser propietario o responsable del animal agresor:
Los animales que hayan causado lesiones a una persona o a otro animal deben ser sometidos a observación antirrábica, independiente de si el animal ha sido vacunado contra la rabia en el último año. Por ello debe notificarlo en un plazo máximo de 72 horas a la Policía Local.
La negativa o resistencia a la labor inspectora o de vigilancia de la autoridad competente en caso de producirse la agresión de un animal doméstico a una persona esta tipificado como infracción muy grave por la Ordenanza reguladora de la protección y tenencia animal.
Procedimiento de actuación en caso de ser propietario de animal agresor:
Pasos a seguir por dueño del animal agresor: | Que: | Donde: |
Notificar a Policía local | Notificar agresión para iniciar observación antirrábica. | Policía Local |
Proceso de observación de animales agresores:
La observación antirrábica corresponde realizarla al Servicio de Salud Pública del Área X, debiéndose notificar la agresión, independientemente de si el animal ha sido vacunado contra la rabia en el último año.
Los animales agresores deben ser sometidos a observación durante al menos los 14 días posteriores al incidente, con el objeto de comprobar si manifiestan signos de rabia. El aislamiento preventivo del animal se podrá realizar en el domicilio del propietario (en animales correctamente identificados, sanos y /o correctamente vacunados), siempre que el Veterinario del Servicio de Salud Pública lo autorice y el propietario se responsabilice por escrito de ello. O en su defecto se llevará a cabo en el Centro de protección animal.
No se podrá vacunar de la rabia a ningún animal agresor.
DOCUMENTACIÓN
LEGISLACIÓN