Ordenanza Fiscal 2.17 Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local a favor de empresas explotadoras de Servicios de Suministros de interés general.

Categoria

  • Normativa Tributaria y de Precios Públicos
  • Ordenanzas Fiscales Tasas

Vigente

Si

Fecha

08-02-2014

Huella Normativa

Modificada el 08-02-2014 Anuncio BOCM

Observaciones

La presente ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 13 de diciembre de 2007, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a aplicarse a partir del 1 de abril de 2008, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Las modificaciones de esta ordenanza, aprobadas en sesión plenaria de fecha 25 de julio de 2013, entrarán en vigor una vez cumplidos los trámites legales, el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa. A los efectos previstos en el artículo 29.2.a) de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, se dará traslado de esta ordenanza a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

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